No procede la queja ante la Corte para impugnar la resolución de cámara que declaró mal concedido el recurso de apelación

La demandada interpuso recurso de queja contra el pronunciamiento de la cámara que había declarado mal concedido el recurso de apelación deducido por ésta. La Corte desestimó la presentación. Explicó que la queja prevista por los arts. 285 y siguientes del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación tiene por finalidad que la Corte revise la denegación por los jueces de la causa del recurso extraordinario federal del art. 14 de la ley 48. Por lo tanto, resulta inadmisible cuando tal recurso no ha sido interpuesto

La queja prevista por los arts. 285 y siguientes del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación tiene por finalidad que la Corte revise la denegación por los jueces de la causa del recurso extraordinario federal del art. 14 de la ley 48, por lo tanto, resulta inadmisible cuando tal recurso no ha sido interpuesto.

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