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Suministro de estupefacientes a un detenido: exigencia de que la sentencia esté fundada

El tribunal oral condenó a quien consideró autora de suministro gratuito y ocasional de estupefacientes para consumo personal, agravado por el lugar de comisión, en grado de tentativa, al considerar probado que intentó entregarle a su hijo detenido tres envoltorios con marihuana en el tubo de un rollo de papel higiénico. La cámara de casación revocó esta condena y absolvió a la acusada. La Corte, por mayoría, dejó sin efecto este pronunciamiento por considerar que se fundaba en un análisis parcial de la prueba obtenida que impedía apreciar, adecuadamente, su valor incriminatorio. Expresó que el único fundamento de la absolución consistió en que no se habría probado, con la certeza requerida para condenar, que la imputada sabía que aquel elemento de higiene personal contenía oculta dicha sustancia en su interior, en tanto ella lo habría recibido de una amiga de su hijo para que se lo entregara. Sin embargo, consideró que tuvo en cuenta la declaración de la acusada sin ponderar su veracidad al confrontarla con el resto de los elementos de prueba en los que se basó la hipótesis de la acusación que el tribunal oral había considerado demostrada. El Tribunal señaló que el argumento de la ignorancia utilizado por la acusada para defenderse carecía de credibilidad y que en la absolución impugnada se había invocado el principio in dubio pro reo con sustento en la subjetividad de los jueces que conformaron aquella mayoría, sin correlato en las constancias de la causa, lo que descalificaba la decisión como acto jurisdiccional válido. Recurso Queja Nº 1 - Incidente Nº 2 - GARCIA, LUCAS ALEJANDRO Y OTRO s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO FCR 005534/2020/TO01/2/1/RH001

Es arbitraria la sentencia que absolvió a la madre de un detenido del delito de suministro gratuito y ocasional de estupefacientes para consumo personal, agravado por el lugar de comisión, pues el a quo no puso en duda que la acusada, en ocasión de visitar a su hijo detenido en un establecimiento carcelario, intentó entregarle un rollo de papel higiénico que contenía ocultos tres envoltorios con marihuana y el único fundamento de la absolución dictada por ese hecho consistió en que no se habría probado, con la certeza requerida para condenar, que ella sabía que aquel elemento de higiene personal contenía oculta dicha sustancia en su interior, en tanto ella lo habría recibido de una amiga de su hijo para que se lo entregara, tomando en cuenta su declaración sin ponderar su veracidad al confrontarla con el resto de los elementos de prueba .

Es arbitraria la sentencia que absolvió a la madre de un detenido del delito de suministro gratuito y ocasional de estupefacientes para consumo personal, agravado por el lugar de comisión, pues no podía soslayarse que aquella sabía que su hijo era consumidor de drogas y también que estaba al tanto de que los objetos que se pretenden ingresar en un centro penitenciario están sujetos a inspección, por lo cual resultaba ingenuo admitir que hubiera aceptado un encargo de una joven desconocida, de quien no pudo brindar más datos para poder identificarla, sin siquiera cerciorarse de que las cosas que debía entregarle a su hijo a pedido de aquélla no contuvieran elementos prohibidos en la prisión.

Si bien es verdad que el principio in dubio pro reo presupone un especial ánimo del magistrado según el cual, en este estadio procesal, está obligado a rechazar la hipótesis acusatoria si es que no tiene certeza sobre los hechos materia de imputación, no lo es menos que dicho estado debe derivar racional y objetivamente de la valoración de aquellas constancias, en particular cuando resultan conducentes para la adecuada solución del caso.

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Enlace Completo:

https://sjconsulta.csjn.gov.ar/sjconsulta/documentos/verDocumentoByIdLinksJSP.html?idDocumento=8187781&cache=1764035909755