Cabe dejar sin efecto la sentencia que sobreseyó a los imputados en base a la declaración de nulidad de todo lo actuado en el proceso, por considerar que resultó afectada la garantía de la imparcialidad y se obtuvo prueba de forma ilegal, pues la invocada parcialidad del juez se fundó en las constancias de una causa que, según los magistrados de segunda instancia que se pronunciaron en ella, no fueron suficientes para sostener, prima facie, la verosimilitud de la hipótesis delictiva de la que depende la conclusión a la que arribaron el tribunal oral y la mayoría del a quo en el caso, por lo cual el sobreseimiento de los imputados, basado en la declaración de nulidad de todo lo actuado a raíz de aquel supuesto vicio en la actuación del magistrado de instrucción, resulta prematuro e infundado.
Cabe dejar sin efecto la sentencia que sobreseyó a los imputados en base a la declaración de nulidad de todo lo actuado en el proceso, por considerar que resultó afectada la garantía de la imparcialidad y se obtuvo prueba de forma ilegal, pues no es posible sostener, fundadamente, que el juez que intervino inicialmente perdió su imparcialidad, al tener en cuenta su actuación en el caso, en tanto nadie ha señalado aún cuál o cuáles de las decisiones adoptadas durante la instrucción resultarían contrarias a derecho, o totalmente privadas de fundamento, como para revelar la falta de imparcialidad del magistrado.
La sentencia que sobreseyó a los imputados en base a la declaración de nulidad de todo lo actuado en el proceso, por considerar que resultó afectada la garantía de la imparcialidad y se obtuvo prueba de forma ilegal debe ser dejada sin efecto, pues la actuación del magistrado al rechazar la declaración de incompetencia solicitada por la representante del Ministerio Público Fiscal o al disponer medidas de prueba de oficio, no son suficientes para concluir que exhibió de esa forma un interés en el caso y, en consecuencia, perdió su imparcialidad, en tanto actuó de conformidad con las normas previstas en el Código Procesal Penal de la Nación.
La sentencia que sobreseyó a los imputados en base a la declaración de nulidad de todo lo actuado en el proceso, por considerar que resultó afectada la garantía de la imparcialidad y se obtuvo prueba de forma ilegal debe ser dejada sin efecto, pues la conclusión a la que llegó el a quo en cuanto a la actuación del juez omitió normas vigentes sin haber declarado su inconstitucionalidad lo que revela una causal de arbitrariedad.
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