Es arbitraria -por violación del principio de congruencia-, la sentencia que extendió la condena por responsabilidad civil contra la aseguradora citada en garantía por la enfermedad profesional que padece el actor, pues en el escrito de inicio el accionante no dedujo demanda contra la aseguradora, no le imputó incumplimientos contractuales ni le atribuyó responsabilidad sobre los daños cuya reparación se pretende y el juez de grado estimó que la participación procesal de la tercera citada debía equipararse a la de las partes litigantes en los términos del artículo 96 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, pero solo correspondía condenarla hasta los límites de la cobertura del seguro de riesgos del trabajo ya que la demanda no le atribuyó omisiones que justifiquen su responsabilidad en los términos del artículo 1074 del Código Civil (entonces vigente).
Es arbitraria -por violación del principio de congruencia-, la sentencia que extendió la condena por responsabilidad civil contra la aseguradora citada en garantía por la enfermedad profesional que padece el actor, pues si bien la condena puede recaer también sobre la recurrente citada como tercero, ésta debe reconocer las limitaciones que se consolidaron en la etapa procesal previa de traba de litis y de citación como tercero; ello es así en tanto, los alcances de la citación en garantía resultan más acotados que aquellos que derivan del carácter de demandado, ya que los escritos de demanda y contestación no le imputan incumplimientos, no le atribuyen responsabilidad extracontractual ni le reclaman resarcimiento alguno.
Es arbitraria -por violación del principio de congruencia-, la sentencia que extendió la condena por responsabilidad civil contra la aseguradora citada en garantía por la enfermedad profesional que padece el actor, pues sólo se intentó atribuir responsabilidad civil a la aseguradora con posterioridad a que se hiciera efectiva la citación al proceso, y con un escrito que no fue siquiera sustanciado y esas limitaciones procesales son especialmente relevantes en el caso en tanto la responsabilidad civil de las aseguradoras en materia de siniestros laborales surge ante la específica imputación y acreditación de incumplimientos en los deberes de prevención y contralor que guarden un nexo de causalidad adecuado con el daño.
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